Credenciales

Propósito de credenciales

La cobertura Divina es más que suficiente, obviamente no requiere ayuda de ninguna otra cobertura. No es dar cobertura el propósito fundamental de la AICELA, aunque es uno de sus beneficios.

La entrega de credenciales es una importante y eficaz forma en la cual la AICELA une al liderato de la iglesia del Señor, la comunidad de fe local y ayuda con el alineamiento, fidelidad doctrinal, pureza moral, formación ministerial y responsabilidad de su personal pastoral.

Articulo I. Beneficios de obtener Credenciales


A. Reconocimiento de haber sido llamado y tener don(es) de Dios para el ministerio.
B. Relación interdependiente entre la iglesia local, el distrito y la oficina nacional, para asegurar un compromiso íntegro a las doctrinas bíblicas, creencias (Declaración de Fe) y el carácter distintivo del ministro.
C. Responsabilidad ante la iglesia local, asociación (AICELA);tanto doctrinales como morales.
D. Desarrollo teológico, educacional y personal.
E. Confirmación del estado legal para el IRS (a través de AICELA).

Articulo II. Requisitos para obtener Credenciales Ministeriales

Sección A. Requisitos generales para candidatos aplicantes a credenciales

A.1 Debe ser un hermano(a) en la fe en plena comunión en una iglesia local y sujeto a su pastor.

A.2 Con limpia conciencia y sin ninguna reserva mental debe aceptar la Declaración de fe de la AICELA.

A.3 Estar ejerciendo un ministerio o que aspire a un ministerio que satisfaga los requisitos para una credencial ministerial.

A.4 Debe cuidar su testimonio con un estilo de vida consistente con los estándares bíblicos de una conducta cristiana.

A.5 Debe mostrar cooperación con las actividades de la AICELA

A.6 Debe ser examinado y aprobado por un comité de aprobación de credenciales. Bajo ningún concepto o circunstancia el otorgar o negar credenciales se hará arbitrariamente por algun oficial o representante de AICELA.

A.7 Es el comité de Credenciales Ministeriales quien decidirá la aprobación final.

A.8 Cada credencial es propiedad de la AICELA y es solo dada en fideicomiso bajo la responsabilidad de los candidatos. (Puede ser revocada por la AICELA o el portador puede devolverla).

A.9 Cualquier persona que ha sido divorciada, o que está casada con una persona divorciada, o que está planeando casarse con una persona divorciada, cada caso se considerará y evaluará individualmente.

A.10 Todo solicitante se someterá a una verificación de antecedentes penales.

Articulo III. Concepto del Ministerio en Las Escrituras

Sección A. Las Sagradas Escrituras claramente enseñan que a cada creyente se le ha dado un don a fin de servir al Señor y edificación de los santos en la Iglesia (Ef. 4:7).

Sección B. Algunos creyentes han recibido el llamado de Dios sobre sus vidas para un ministerio vocacional con el fin de preparar y edificar al cuerpo de Cristo (Ef. 4:11,12). (AICELA no reconoce llamados apostólicos y proféticos en carácter de oficio en la actualidad ya que son parte del fundamento en la cual la iglesia está fundada de acuerdo a Efesios 2:20-22 ).

Sección C. Aquellos a quienes Dios ha llamado, escogido y evidentemente comisionado, que además, la iglesia local con su pastor afirma, son subsecuentemente reconocidos por la AICELA a través del acto de
imposición de manos en ellos (Hechos 13:3, 1 Ti. 4:14, 2 Ti. 1:6)

Articulo IV. Tipos de Credenciales Ministeriales

Sección A. Son cuatro los tipos o grados de credenciales para ministerio dadas por la AICELA que son:
A.1 Ministro Certificado

A.2 Ministro Licenciado

A.3 Ministro Ordenado /Obispo

A.4 Transferencia de Ordenación

Sección B. El proceso de evaluación para aprobar y otorgar las credenciales se consideran cuatro elementos fundamentales que son:

B.1 La evidencia del llamado

B.2 Carácter del candidato reflejado en su conducta

B.3 Preparación en teología bíblica que tenga y/o que esté adquiriendo. (Declaración de Fe)

B.4 Competencia en el ejercicio del llamado- esto significa que el candidato ejerza el ministerio de acuerdo a los requisitos de la credencial que porta y/o ostenta. Si es pastor(a), que esté en la apropiada capacidad pastoral. (Esto no significa tamaño de congregación que pastoree)

Articulo V. Descripción de credenciales.

Ministro Certificado.

Esta credencial está diseñada para ministros ejerciendo en un ministerio que califica para ser reconocido y quien desea estar activo y ser responsable con la AICELA.

A. Requisitos

A.1 El candidato tenga y/o esté estudiando y preparándose en el entendimiento y formación teológica apropiada y que con limpia conciencia esté de acuerdo con la Declaración de Fe de la AICELA.

A.2 Para hermanos(as) que directamente están ejerciendo un ministerio en la iglesia local, enseñando y predicando la Palabra como pastores principales o aquellos que lo están ejerciendo bajo la supervisión de su pastor o liderato delegado.

A.3 Para hermanos(as) ejerciendo ministerios de apoyo pastoral en la iglesia local que son basados en la Palabra; (ejemplos: pastores principales, pastores asociados, pastores de jóvenes, pastores de niños, pastores administrativos, pastores de alabanza, etc.)

A.4 Son además elegibles a solicitar esta credencial, ministros fuera de la iglesia local:(Ejemplos: profesores de seminario, capellanes, evangelistas, plantadores de iglesias, misioneros [plantadores de iglesias e instituciones foráneas], ministerios institucionales, ministerios para‐eclesiásticos, etc.

A.5 Al candidato(a) ser aprobado(a) tendrá todos los derechos, privilegios y responsabilidades de una credencial de la AICELA.
Esta credencial inicial es requerida para ostentar otras credenciales en la AICELA.

A.6 Para solicitar ascenso a la próxima credencial de Ministro Licenciado deberá el ministro Certificado ejercer con esta credencial por un periodo mínimo de dos (2) años.

Sección B. Periodo de renovación

Sección B.1 Esta credencial será otorgada por dos (2) años luego de recibirla y después de esto, es renovable por dos (2) años renovables. No se requiere que una persona que porte esta credencial persiga la próxima (Ministro Licenciado), esto es opcional, y puede renovar la credencial de Ministro Certificado cada dos (2) años.

Sección B.2 Esta credencial es válida siempre y cuando el ministro que la porta permanece activo en un ministerio que califica.

Sección B.3 De el ministro no estar activo en un ministerio que califica entonces la credencial expira. (Con excepciones tales como enfermedad, catástrofes, tragedias etc.)

Sección B.4 De el ministro regresar al ministerio en una fecha posterior se requerirá una re examinación antes de regresar la credencial.

Ministro Licenciado

Esta credencial está diseñada para ministros ejerciendo en un ministerio que califica para ser reconocido y quien desea estar activo y ser responsable con la AICELA.

A. Requisitos

A.1 El candidato tenga y/o esté estudiando y preparándose en el entendimiento y formación teológica apropiada y que con limpia conciencia esté de acuerdo con la Declaración de Fe de la AICELA.

A.2 Para hermanos(as) que directamente están ejerciendo un ministerio en la iglesia local enseñando y predicando la Palabra como pastores principales o aquellos que lo están ejerciendo bajo la supervisión de su pastor o liderato delegado.

A.3 Para hermanos(as) ejerciendo ministerios de apoyo pastoral en la iglesia local que son basados en la Palabra; (ejemplos: pastores principales, pastores asociados, pastores de jóvenes, pastores de niños, pastores administrativos, pastores de alabanza, etc.)

A.4 Son además elegibles a solicitar esta credencial, ministros fuera de la iglesia local:(Ejemplos: profesores de seminario, capellanes, evangelistas, plantadores de iglesias, misioneros [plantadores de iglesias e instituciones foráneas], ministerios institucionales, ministerios para‐eclesiásticos, etc.

A.5 Al candidato(a) ser aprobado(a) tendrá todos los derechos, privilegios y responsabilidades de una credencial de la AICELA.
Esta credencial es requerida para ostentar otras credenciales en la AICELA.

A.6 Para solicitar ascenso a la credencial de Ministro Ordenado deberá ejercer con esta credencial por un periodo mínimo de tres (3) años.

Sección B. Periodo de renovación

Sección B.1 Esta credencial será otorgada por tres (3) años luego de recibirla y después de esto, es renovable por tres (3) años renovables. No se requiere que una persona que porte esta credencial persiga la próxima (Ministro Ordenado), esto es opcional, y puede renovar la credencial de Ministro Licenciado cada tres (3) años.

Sección B.2 Esta credencial es válida siempre y cuando el ministro que la porta permanece activo en un ministerio que califica.

Sección B.3 De el ministro no estar activo en un ministerio que califica entonces la credencial expira. (Con excepciones tales como enfermedad, catástrofes, tragedias etc.)

Sección B.4 De el ministro regresar al ministerio en una fecha posterior se requerirá una re examinación antes de regresar la credencial.

Ministro Ordenado

Esta credencial está diseñada para ministros ejerciendo en un ministerio que califica para ser reconocido y quien desea estar activo y ser responsable con la AICELA.

A. Requisitos

A.1 El candidato tenga y/o esté estudiando y preparándose en el entendimiento y formación teológica apropiada y que con limpia conciencia esté de acuerdo con la Declaración de Fe de la AICELA.

A.2 Para hermanos(as) que directamente están ejerciendo un ministerio en la iglesia local enseñando y predicando la Palabra como pastores principales o asociados.

A.3 Para hermanos(as) ejerciendo ministerios de apoyo pastoral en la iglesia local que son basados en la Palabra; (ejemplos: pastores principales, pastores asociados, pastores de jóvenes, pastores de niños, pastores administrativos, pastores de alabanza, etc.)

A.4 Son además elegibles a solicitar esta credencial, ministros fuera de la iglesia local:(Ejemplos: profesores de seminario, capellanes, evangelistas, plantadores de iglesias, misioneros [plantadores de iglesias e instituciones foráneas], ministerios institucionales, ministerios para‐eclesiásticos, etc.

A.5 Al candidato(a) ser aprobado(a) tendrá todos los derechos, privilegios y responsabilidades de una credencial de la AICELA.
Esta credencial es requerida para ostentar otras funciones ministeriales tales como presbiterio y obispado en la AICELA.

A.6 Para solicitar ascenso a esta credencial deberá el Ministro licenciado ejercer con esa credencial por un periodo mínimo de tres (3) años.

Sección B. Periodo de renovación

Sección B.1 Esta credencial será otorgada por cinco (5) años luego de recibirla y después de esto, es renovable por cinco (5) años renovables.

Sección B.2 Esta credencial es válida siempre y cuando el ministro que la porta permanece activo en un ministerio que califica.

Sección B.3 De el ministro no estar activo en un ministerio que califica entonces la credencial expira. (Con excepciones tales como: retiro, enfermedad, catástrofes, tragedias etc.)

Sección B.4 De el ministro regresar al ministerio en una fecha posterior se requerirá una re examinación antes de regresar la credencial.

Transferencia de Ordenación

Esta credencial está diseñada para ministros ejerciendo en un ministerio que califica para ser reconocido y quien desea estar activo y ser responsable con la AICELA.

La transferencia de ordenación a al AICELA refleja el alineamiento y compromiso con la teología, Declaración de fe y el carácter de la AICELA. Y también pone al transferido bajo la autoridad y en responsabilidad con la AICELA.

Sección A. Preparación para la Transferencia de Ordenación.

A.1 El candidato para esta credencial deberá tener o haber tenido (deberá mostrar evidencia); una ordenación de parte de otro cuerpo u organización, que de ordenaciones o de la iglesia local, y que pueda proveer por escrito, las minutas y las decisiones del consejo de dicho cuerpo. Una credencial de Ministro Licenciado de la AICELA no es pre‐requisito.

Sección B. La Tenencia de la Transferencia de Ordenación.

B.1 La Transferencia de Ordenación es el otorgamiento de confianza sobre aquellos quienes han sido llamados por Dios al ministerio público. Es establecer una relación ministerial. Esta confianza permanece con la persona mientras ella continúa en buena lid el ministerio y cumple con el patrón del ministerio de la manera que está delineado en las secciones pertinentes de arriba.

Sección C. Requisitos

C.1 El candidato tenga y/o esté estudiando y preparándose en el entendimiento y formación teológica apropiada y que con limpia conciencia esté de acuerdo con la Declaración de Fe de la AICELA.

C.2 Para hermanos(as) que directamente están ejerciendo un ministerio en la iglesia local enseñando y predicando la Palabra como pastores principales o asociados.

C.3 Para hermanos(as) ejerciendo ministerios de apoyo pastoral en la iglesia local que son basados en la Palabra; (ejemplos: pastores principales, pastores asociados, pastores de jóvenes, pastores de niños, pastores administrativos, pastores de alabanza, etc.)

C.4 Son además elegibles a solicitar esta credencial, ministros fuera de la iglesia local:(Ejemplos: profesores de seminario, capellanes, evangelistas, plantadores de iglesias, misioneros [plantadores de iglesias e instituciones foráneas], ministerios institucionales, ministerios para‐eclesiásticos, etc.

C.5 Al candidato(a) ser aprobado(a) tendrá todos los derechos, privilegios y responsabilidades de una credencial de la AICELA.
Esta credencial es requerida para ostentar otras funciones ministeriales tales como presbiterio y obispado en la AICELA.

Sección B. Periodo de renovación

Sección B.1 Esta credencial será otorgada por cinco (5) años luego de recibirla y después de esto, es renovable por cinco (5) años renovables.

Sección B.2 Esta credencial es válida siempre y cuando el ministro que la porta permanece activo en un ministerio que califica.

Sección B.3 De el ministro no estar activo en un ministerio que califica entonces la credencial expira. (Con excepciones tales como: retiro, enfermedad, catástrofes, tragedias etc.)

Sección B.4 De el ministro regresar al ministerio en una fecha posterior se requerirá una re examinación antes de regresar la credencial.

Articulo VI. Revocación y entrega de credenciales

Sección A. De un ministerio no desear portar más las credenciales de AICELA, debe de rendir su credencial y devolverla a la oficina nacional para ser colocada como “inactivo por razones personales.”

Sección B. De el ministro desviarse doctrinalmente y de la Declaración de Fe de la AICELA, deberá rendir la credencial a la oficina nacional para ser colocada como “acción disciplinaria”.

Sección C. De un ministro experimentar una falta moral, la credencial deberá ser regresada a la oficina nacional de la AICELA para ser colocada como “acción disciplinaria.” Esto no significa que a tal ministro se le niegue o inste a ser restaurado por su falta. De ese ministro ser restaurado podrá volver a su ministerio, obviamente luego de una minuciosa y responsable reevaluación por el comité de credenciales. Tal evaluación no garantiza la restitución al ministerio. Todo está sujeto a: tipo de falta, agravantes etc.

Sección D. Un ministro que se retire en buen estado en o después de 65 años de edad, a tal el ministro será considerado como “retirado”. Este ministro no necesitará renovar su credencial. Este ministro retendrá las credenciales vitaliciamente a menos que se desvié de la doctrina y de la Declaración de Fe de la AICELA o por alguna falla moral.

ArticuloVI. Procesos y Actualizaciones de credenciales

Sección A. El proceso específico, pólizas y procedimientos pertenecientes a la credencialización de la AICELA serán determinados e implementados por El Comité de Credenciales, bajo autoridad de la Asociación en convenciones anuales.

Sección B. Una actualización de credenciales serán dadas a los Ministros portadores de credenciales de la AICELA y los delegados durante convenciones celebradas anualmente.

Solicitud de Credenciales y costos

Instrucciones: Favor de llenar la forma de solicitud de credenciales. Cada credencial tiene su costo.

Por favor asegúrese de marcar todos los encasillados y que su pastor u organización de la cual se transfiere, llene el encasillado de recomendación.

Opción: Su pastor, iglesia local u organización de transferencia puede enviar su escrito a la siguiente dirección electrónica aicelainternational@gmail.com y que por favor identifiquen el documento con su nombre, nombre del pastor u organización.

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